Los patinetes eléctricos están considerados como vehículos de movilidad personal (VMP) y su uso ha crecido de manera exponencial en Madrid. En 2023 se registraron más de 500 accidentes, sin fallecidos, pero con numerosos heridos, reflejando que se han consolidado como un medio de transporte habitual, especialmente en zonas céntricas y carriles habilitados.
Este aumento de usuarios ha ido acompañado de un incremento significativo de siniestros con patinetes eléctricos, generando dudas legales frecuentes sobre responsabilidad, obligación de seguro e indemnización.
En Elom Abogada, despacho especializado en accidentes de tráfico, te explicamos todo lo que necesitas saber si has sufrido un accidente con un patinete eléctrico:
Normativa legal de patinetes eléctricos en España y en Madrid en el año 2026
Los patinetes eléctricos se regulan a nivel estatal y local.
- Normativa estatal: Ley de Tráfico y Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación, así como el Manual de características de los VMP de la DGT.
- Nivel local en Madrid: Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid.
Definición legal de los VMP (DGT)
Según la DGT, los VMP son vehículos monoplazas con motor eléctrico que pueden circular entre 6 y 25 km/h, sin asiento en la mayoría de los casos. No requieren permiso de conducir, pero sí deben cumplir las normas de tráfico específicas.
Requisitos obligatorios en 2026
- Certificado de circulación de la DGT: Obligatorio para patinetes vendidos desde 2024, con una moratoria hasta el 22 de enero de 2027 para los anteriores si cumplen los límites legales y no están modificados.
- Seguro obligatorio de responsabilidad civil:
- Ley 5/2025, de 24 de julio, lo exige a partir del 26 de enero de 2026 para patinetes de alta gama (>25 kg y >14 km/h).
- Los patinetes ligeros (<25 kg) dependen de regulación municipal.
- Las empresas de alquiler siempre deben contar con un seguro.
Sanciones: 200–1000 € por circular sin seguro.
- Registro y etiqueta identificativa: Pendiente por la DGT, pero será obligatorio en el futuro (código QR o matrícula nacional).
Ordenanza de Movilidad de Madrid
Normas básicas de uso
- Solo una persona por patinete
- Prohibido a menores de 15 años
- Uso obligatorio del casco
- Prohibido el uso de auriculares o teléfono
- Prohibido el consumo de drogas y alcohol
- Luz delantera y trasera obligatoria
Dónde se puede y no se puede circular:
- Prohibido: aceras, zonas peatonales, carriles bus, M-30, túneles urbanos
- Permitido: carriles bici, sendas ciclables, calles 30, zonas compartidas con peatones a velocidad reducida
Cumplir esta normativa no solo evita multas, sino que facilita demostrar correctamente la responsabilidad y reclamar una indemnización si sufres un accidente.
Qué se considera un accidente de tráfico con patinete eléctrico
Hablamos de accidente de tráfico con patinete eléctrico cuando se produce un suceso inesperado en el que interviene un usuario de VMP y se generan daños personales y/o materiales a él mismo, a terceros o a bienes.
Desde el punto de vista jurídico, suele tratarse de un siniestro de circulación que puede dar lugar a responsabilidad civil para la persona que causa el daño por acción u omisión culposa o negligente, conforme al artículo 1.902 del Código Civil.
Accidentes más habituales con patinetes eléctricos en Madrid
- Colisión con otros vehículos (coche, moto, autobús, bicicletas).
- Atropello de peatones o impactos contra el mobiliario urbano.
- Caídas por mal estado de la vía pública (baches, tapas de alcantarilla, pavimento en mal estado, señalización deficiente).
- Caídas del propio conductor por pérdida de equilibrio, frenazo, lluvia o exceso de velocidad.
- Choques con otros VMP en carriles bici o zonas compartidas.
¿Quién es responsable en un accidente con patinete eléctrico?
La responsabilidad concreta depende siempre de las circunstancias del caso, del comportamiento de cada implicado y del cumplimiento o incumplimiento de las normas de circulación.
Ejemplos típicos:
Patinete y coche
Si un patinete cruza un paso de peatones a velocidad inadecuada y un coche lo atropella, puede existir concurrencia de culpas, que habrá que analizar a la vista del atestado policial, las cámaras, los testigos y las infracciones de cada parte.
Patinete y peatón
Si un patinete circula por la acera y atropella a un peatón, en principio el usuario del patinete suele ser responsable por vulnerar la normativa que prohíbe expresamente el uso de VMP en aceras y zonas peatonales.
Caídas por mal estado de la vía pública
Cuando el accidente se produce por baches, alcantarillas mal ajustadas, pavimento defectuoso o señalización insuficiente, puede existir responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Madrid si se demuestra que el daño se debe al mal estado de la vía y no a una culpa exclusiva del conductor.
En esos casos, se puede plantear una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, con sus requisitos y plazos específicos.
Fallo técnico del patinete
Si el patinete se rompe por un defecto de fabricación (frenos, batería, dirección, etc.) y el usuario sufre una caída, se puede exigir responsabilidad al fabricante o al vendedor por producto defectuoso, amparándose en la normativa de consumidores y usuarios.
Accidente con patinete de alquiler
En los patinetes de alquiler entran en juego varias responsabilidades:
- El conductor, si ha infringido normas de circulación o actuado con imprudencia.
- La empresa de alquiler, si hay defectos de mantenimiento.
- Ambas partes, según el caso concreto.
El seguro de la empresa suele cubrir la responsabilidad civil frente a terceros, aunque puede excluir supuestos de imprudencia grave o uso contrario a las condiciones del servicio.
Indemnización por accidente con patinete eléctrico
La indemnización por accidente con patinete eléctrico en Madrid se calcula aplicando por analogía el Baremo de tráfico recogido en la Ley 5/2025, de 24 de julio, y la normativa de responsabilidad civil.
Se tienen en cuenta entre otros conceptos:
- Lesiones temporales (ingresos hospitalarios, días de curación, rehabilitación) y secuelas.
- Daños materiales (patinete, ropa, gafas, reloj, u otros bienes dañados, así como daños a vehículos de terceros o mobiliario urbano).
- Perjuicio económico: pérdida de ingresos, gastos médicos, farmacéuticos, desplazamientos, ayuda de tercera persona, etc.
Qué hacer tras un accidente de patinete eléctrico en Madrid
Los pasos que sigas desde el primer momento son claves para defender tus derechos:
- Asistencia médica inmediata, aunque las lesiones parezcan leves.
- Llamar a la Policía Municipal para que levante atestado siempre que sea posible.
- Identificar a todos los implicados y recoger datos de contacto de testigos.
- Fotografiar el lugar del accidente, daños, señales de tráfico, baches o defectos de vía.
- Acudir a urgencias dentro de las primeras 72 horas y conservar todos los informes
- Contactar cuanto antes con un abogado especialista en accidentes de tráfico y VMP en Madrid para que te asesore antes de hablar con la aseguradora.
Preguntas frecuentes sobre accidente de patinete eléctrico en Madrid
¿Puedo reclamar una indemnización si también he cometido una infracción?
Sí, es posible reclamar incluso aunque exista una cierta culpa por tu parte, aunque la indemnización podrá reducirse por concurrencia de culpas. Por eso es esencial analizar el atestado, las pruebas y la normativa aplicable en cada caso concreto.
¿Qué pasa si el patinete no tiene seguro?
La falta de seguro no elimina la responsabilidad del conductor del patinete, que seguirá obligado a responder con su patrimonio. En el caso de daños personales, el perjudicado será indemnizado por el Consorcio de Compensación de Seguros, que posteriormente reclamará al responsable las cantidades abonadas.
El Consorcio no cubre los daños materiales.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por un accidente con patinete eléctrico?
En general, hay un año desde la estabilización de lesiones o alta médica para reclamar por daños personales y un año desde el accidente para reclamar por daños materiales.
¿Qué pasa si el responsable del accidente fue un menor de 15 años?
Los padres o tutores legales responden solidariamente por los daños causados por el menor a su cargo (art. 1903 del Código Civil)
¿Me cubre mi seguro del hogar si uso patinete eléctrico?
Muchas pólizas de hogar incluyen RC para VMP. Hay que revisar las condiciones: si cubre como conductor habitual o paga daños a terceros hasta el límite de la póliza etc.
¿Qué pasa si no hay un Atestado de la Policía Municipal, y el testigo no quiere declarar?
Su testimonio escrito en el momento del accidente y firmado sirve como prueba. Si se niega después, las cámaras de seguridad y tu parte médico ganan peso.
¿Qué pasa si llevo un pasajero en un patinete?
Totalmente prohibido, pues los VMP son monoplaza por la normativa de la DGT. Si hay un accidente, el conductor es 100% responsable por uso contrario a la normativa y la aseguradora negará la cobertura por el uso indebido. El conductor pagará de su bolsillo los daños personales y materiales causados.
¿Por qué elegir un abogado especialista en patinetes eléctricos en Madrid
En Elom Abogada somos especialistas en:
- Accidentes de tráfico y vehículos de movilidad personal (VMP) en Madrid.
- Reclamación de indemnizaciones frente aseguradoras.
- Defensa de víctimas de atropellos y accidentes causados por patinetes eléctricos.
Analizo tu caso de forma individual, reviso la viabilidad de la reclamación, calculo la indemnización que te corresponde y gestiono todos los trámites con seguros y administraciones. Ofrezco trato directo, cercano y enfocado a obtener resultados reales, para que tu reclamación sea lo más rápida y efectiva posible.
Si has sufrido un accidente con patinete eléctrico en Madrid, puedes contactarme para una primera valoración y te ayudaré a reclamar la máxima indemnización que te corresponde.

